CIRCULAR INTERNA 004-2020
DE: DEPARTAMENTO DE TALENTO HUMANO PARA: PERSONAL OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO REF: LICENCIAS- INCAPACIDADES – PROCESO DE RADICACIÓN FECHA: 21 DE AGOSTO DE 2020. A través del presente documento se le informa el procedimiento y documentos que deben aportar como soporte de las licencias, incapacidades, así como los tiempos en que se deben radicar las mismas. LICENCIA DE LUTO- Copia del acta de defunción y/o copia autenticada de la misma.
- Copia documento que demuestre parentesco (registro civil u otro)
- Fecha de radicación: 10 días calendario a partir del suceso.
- Acta de nacido vivo.
- Registro civil.
- Incapacidad Original de la Licencia de Maternidad Original.
- Fotocopia de la cédula de los padres.
- Fecha de radicación: 2 días hábiles a partir del periodo en que inicia la Licencia.
- Licencia de Maternidad Original.
- Copia Certificado de nacido vivo.
- Historia Clínica si existe hospitalización.
- Fecha de radicación: 2 días hábiles a partir del periodo en que inicia la Licencia.
- FURAT y/o declaración extra juicio donde se relate el suceso.
- Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo.
- Copia de Licencia de Conducción.
- Copia del SOAT
- Incapacidad Original.
- Historia clínica.
- Fecha de radicación: 2 días hábiles a partir del suceso.
- Incapacidad Original.
- Historia Clínica.
- Fecha de radicación: 2 días hábiles a partir del suceso.
- Original de certificación de hospitalización.
- Fecha de radicación: 2 días hábiles a partir del suceso.
Es obligación del trabajador informar en el término inmediato al empleador, la situación que originó la enfermedad o el accidente, así mimo allegar el certificado de incapacidad por el medio más expedito en el término inmediato. Las novedades que presente el trabajador inciden directamente en la nómina que elabora la Compañía.
Importante: En el caso de presentar aislamiento por COVID 19, deberá tramitar su documentación oportunamente ante la EPS a la que este afiliado, serán ellos quienes determinen si hay lugar o no a la expedición de INCAPACIDAD. De igual forma hágale saber a su médico tratante que su labor o actividad no es posible desarrollarla a través de TELETRABAJO, TRABAJO EN CASA O TRABAJO REMOTO, por tanto, es pertinente solicitar, de así corresponder, la expedición de certificado de incapacidad.
Recuerde: las ausencias que no están soportadas con la documentación anteriormente relacionada, La compañía las considera como AUSENCIAS INJUSTIFICADAS, por tanto, es su responsabilidad informar a la Compañía cualquier alteración en su estado de salud que le incida en una incapacidad.
CUALQUIER INQUIETUD ADICIONAL DEBERÁ COMUNICAR A LA COMPAÑÍA AL TELEFONO 7442510 EXT. 2101.
Agradecemos su amable atención y cumplimiento a nuestra solicitud.
Cordialmente, DEPARTAMENTO DE TALENTO HUMANO